Tinglar en el Refugio Nacional de Vida Silvestre de Sandy Point. (foto por Al Woodson, voluntario del USFWS)

El Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre (USFWS, en inglés) determinó que es necesario revisar la designación de hábitat crítico del tinglar.

La decisión resulta del informe de 90 días y la determinación de 12 meses, realizados para responder a una petición para designar hábitat crítico para la tortuga marina tinglar en Puerto Rico. Una revisión exhaustiva del estatus del tinglar, designado en peligro de extinción desde 1970, ya está pautada. Basado en estos resultados se considerará la revisión del hábitat crítico para la especie.

Hasta que el USFWS y el National Marine Fisheries Services (NMFS, en inglés) lleven a cabo las revisiones de estatus pendientes y cualquier proceso regulatorio que podría resultar necesario, el hábitat critico para el tinglar permanecerá inalterado. En los lugares ya designados hábitat crítico, al igual que áreas importantes para el tinglar que están fuera de la designación actual, continuarán implementando medidas de conservación bajo la Sección 7 de la Ley de Especies en Peligro de Extinción.

En marzo de 1978, el USFWS designó como hábitat crítico para el tinglar una playa de Santa Cruz, Islas Vírgenes Americanas. Esa playa hoy día es el Refugio Nacional de Vida Silvestre de Sandy Point. El 22 de febrero de 2010, el USFWS recibió una petición de Sierra Club, pidiendo que la agencia revisara la designación de hábitat crítico para incluir la costa del Corredor Ecológico del Noreste (CEN) de Puerto Rico que va desde Luquillo hasta Fajardo. La petición incluye las playas de San Miguel I y II; Paulinas, El Convento Norte, Seven Seas y ocupa hasta 40 metros o 132 pies tierra-adentro desde la marea alta promedio. Las playas del CEN tienen una longitud de casi 5.43 millas. Simultáneamente, el NMFS considera la petición de designar hábitat crítico para el tinglar en una porción de hábitat marino del CEN.

Las playas del CEN son importantes para el anidaje del Tinglar. Datos recogidos por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) indican que un promedio de 213 nidos de tinglar se reportan anualmente en estas playas. Esto es significativo si se considera que de 2000 a 2005, las playas de Puerto Rico que se monitorearon para anidaje de tingar, en conjunto albergaron entre 469 y 882 nidos de tinglar por año. Se estima que la población del tinglar en el Océano Atlántico del Norte ronda entre 34,000 y 94,000 tinglares adultos.

El hábitat crítico para el tinglar será evaluado en su totalidad cuando el USFWS y NMFS completen las revisiones de estatus programadas para la especie. Culminada la última revisión de cinco años que se realizó en 2007, las agencias decidieron que era necesario completar para cinco de las especies de tortugas marinas listadas a nivel federal, un análisis aplicando la política conocida como segmento distintivo de la población. Las revisiones recomendadas se harán en el siguiente orden: (1) tortuga cabezona o caguama, (2) peje blanco, (3) olive ridley, (4) tinglar, y (5) carey.

El tinglar será una de las últimas especies de tortugas marinas a ser evaluadas porque ya la especie está listada en la categoría de “especie en peligro de extinción a nivel mundial” y por ende, recibe la máxima protección que ofrece la Ley de Especies en Peligro de Extinción.

Para más información sobre esta determinación, incluyendo este anuncio publicado en el Registro Federal, diríjase a www.fws.gov/Caribbean/tinglar.html o en www.gpoaccess.gov/fr/, número de referencia FWS-R4-ES-2011-0045.

Los documentos que sustentan el informe de 90 días y la determinación de 12 meses están disponibles para revisión pública, mediante cita durante horario regular de trabajo. Para obtener cita, comuníquese con la oficina de Servicios Ecológicos del Caribe en Boquerón, Puerto Rico, llamando al 851-7297, ext. 212, o 787-505-4397. También puede contactar la Oficina de Servicios Ecológicos del Norte de Florida (NFESO) en Jacksonville, Florida por teléfono al  904-731-3336; fax  904-731-3045; o e-mail northflorida @fws.gov. Para enviar información, comentarios o preguntas relacionadas a esta determinación, comuníquese con Dave Hankla, Supervisor, Oficina de Servicios Ecológicos del Norte de Florida, U.S. Fish and Wildlife Service, 7915 Baymeadows Way, Suite 200, Jacksonville, Florida 32256, ATTN: Leatherback CH Review. Si usted usa tecnología asistiva para sordos (TDD), comuníquese con el Federal Information Relay Service (FIRS) al 1-800-877-8339 .

El hábitat crítico es un término en la Ley de Especies en Peligro de Extinción que identifica áreas geográficas que contienen atributos esenciales para la conservación de especies amenazadas o en peligro de extinción, y que podrían requerir consideraciones especiales de manejo o protección. Designar hábitat crítico no afecta la titularidad de terrenos privados o establece refugios o reservas naturales. La designación no limita las acciones que toman dueños de terrenos privados sin mediar fondos o permisos federales. La designación de hábitat crítico es un recordatorio para las agencias federales que deben ejercer el máximo esfuerzo para proteger las características importantes de estas áreas.